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La muerte por susto y la asfixia por ataduras

May 28, 2013

En la edición del diario “Clarín” de fecha 4 de enero de 2013, en la página 52, el encabezado dice: “Tragedia en Castelar” – “Jugaba con sus nietos, entraron a robarle y murió de un infarto”. A renglón seguido, y aquí radica el meollo del problema, dice: “El hombre fue maniatado y sufrió un paro cardíaco”.

La víctima, Hugo Fernández de 61 años de edad y cardiópata, no solo era amenazado de muerte, también amenazaron a su hija, dice la crónica: “Si no nos das la plata, la matamos”. Después, “Lo ataron de pies y manos y lo dejaron tendido en el piso boca abajo, al salir, lo pisaron”.

Ahora bien, el médico forense queda calificado a determinar la causa, el mecanismo y la manera de la muerte. Para ello es fundamental que esté anoticiado de las circunstancias del hecho. La causa es la enfermedad, tóxico o lesión que produce la muerte del individuo, sea un balazo, un infarto de miocardio, o el cianuro. La causa es la respuesta a ¿Por qué murió la persona en cuestión? siempre teniendo en cuenta la cadena de eventos que precedieron al fallecimiento. El mecanismo de la muerte es la fisiopatología que desencadeno la causa que llevó al óbito (Shock, hemorragia, arritmia cardíaca, etc.). Cuando el investigador se pregunta, ¿Quién fue el responsable?, está considerando cual fue la manera de la muerte, o sea, la forma en que la noxa llegó al sujeto.  Vale decir, muerte natural, suicidio, homicidio o accidente, Esta valoración corresponde más al Juez que al médico Forense.

En el caso de Hugo Fernández, la muerte fue producida por miedo, susto, o mejor dicho, por una reacción de pánico provocada por terceros. O sea, La causa es natural (infarto de miocardio), pero la manera es homicida, como ocurre con la amenaza con armas a la víctima, o a sus familiares, en la cabeza de la víctima para amedrentarlo.

En rigor de verdad, habrá que tener en cuenta en cada caso los siguientes datos:

  1. Estado previo de la víctima.
  2. Calidad del incidente.
  3. Intensidad de la respuesta emotiva.
  4. Inmediatez de la muerte o a breve intervalo del evento.

Durante la lucha, o sin ella como en la reacción de pánico, se producen en el sistema cardiovascular, por descarga de catecolaminas, aumento de la frecuencia del pulso, de la presión arterial y aparición de arritmias cardíacas que pueden producir el paro cardiaco.

Personalmente opino que estos casos deben calificarse categóricamente de homicidio.

En el caso de Hugo Fernández hubo otro agravante: “Lo ataron de pies y manos y lo dejaron tendido boca abajo”. Se agrega así, una forma clínica de las asfixias mecánica, la “asfixia posicional”. La víctima atada y en decúbito ventral muere por restricción respiratoria de los músculos accesorios respiratorios y el diafragma que se inmoviliza, falla la dinámica respiratoria y la consecuencia es la hipoxia y la muerte.

En la misma edición del diario Clarín, página 53, se relata cómo los esposos, Justina Barnes y Rolando Turpaud, de 73 y 83 años respectivamente, permanecieron después de ser asaltados, atados de pies y manos durante 3 días, presentando severos síntomas de deshidratación al ser hallados. Sobrevivieron. Según mi leal saber y entender, porque en el tópico de lesiones, las interpretaciones varían. Los autores produjeron las lesiones ejemplares en el artículo 90 del código penal argentino (Lesiones “graves”). En aquel párrafo dice: “Por haber puesto en peligro la vida del ofendido…” La pena que establece el citado artículo es de reclusión o prisión de uno a seis años.

También publica el diario Clarín, en su edición del día miércoles 24 de abril de 2013, una noticia cuya transcripción textual hace innecesario todo comentario: “Morir de miedo, una anciana se infartó durante un asalto a su departamento”.

“La víctima, de 83 años, estaba en cama. La ataron, la encerraron en el baño y murió”.

Conclusiones:

La Causa de la muerte puede ser natural, pero la manera, es homicida.

A continuación los links de las noticias citadas:

Morir de miedo: Una anciana se infartó durante un asalto en su departamento

Entradera a una familia: dejan atada a una madre con su beba en brazos

Tragedia en La Plata: Entran a robar a su casa y se muere de un paro cardíaco

Actualización 31/5/2013

Lamentablemente, en el día de hoy encontré una noticia más para agregar a la lista:

Murió de un infarto cuando le reclamaron por una deuda.

16 comentarios leave one →
  1. doris permalink
    May 29, 2013 15:53

    Que honor y que placer es leerlo dr.

  2. doris permalink
    May 29, 2013 16:00

    La Escala de Paúl Bert que es Dr.?

    • May 31, 2013 13:50

      Estimada Doris, te confieso que desconozco todo lo relativo al autor que has mencionado. Te ruego me ilustres a este respecto.
      Un cordial saludo.

      • Julián permalink
        julio 16, 2013 21:05

        Estimado, Osvaldo, de qué manera puedo contactarme con usted.
        Soy periodista.
        Le dejo mi mail:
        julianmaradeo@hotmail.com
        Cordiales saludos

  3. doris permalink
    May 31, 2013 16:49

    El efecto de Paul Bert describe la toxicidad del oxígeno a presiones hiperbáricas la ausencia de un gas inerte en el aire respirado hace que los espacios corporales que contienen gas como los alvéolos, los senos paranasales y el oído medio tengan una mezcla de oxígeno, agua y carbónico exclusivamente. Si por cualquier causa la comunicación de estas cavidades con el aire ambiente se cierra (secreciones, espasmos, inflamación) el oxígeno será consumido y la presión en la cavidad disminuirá. Como resultado de ello se producirá en los alvéolos atelectasias por obliteración y en otras cavidades dolor, hemorragias y exudación.mi pregunta es, en que casos puede suceder ésto.(perdone mi ignorancia) y gracias por su tiempo Dr.

    • junio 4, 2013 19:19

      Estimada Doris:
      En las asfixias que hemos citado, las personas mueren por mecánismo de anoxia anóxica, por supuesto, cae la tensión de oxígeno en los alveolos porque el aire no puede penetrar en los pulmones, sea por el impedimento mecánico o por hallarse la cantidad suficiente en el aire ambiental. El mecánismo de la muerte no es tóxico (monóxido de carbono, venenos gaseosos) sinó asfícticos.
      Espero haber respondido a tu pregunta. Un cordial saludo.

  4. Mirko Albano. permalink
    May 31, 2013 23:17

    Estimado Dr, quisiera que me desasne de algo, el articulo 5 del Código Penal Argentino, establece las penas de Prisión, Reclusión, Multa e inavilitacion. Podría Usted Decirme en que se diferencia la prisión de la reclusión? es una mas rigurosa en su cumplimiento que la otra?, para poder entender cual es el «Peso» de la pena establecida en el articulo 90 que ud menciona, «por haber puesto en peligro la vida del ofendido».

    Mis respetos y profunda Admiración.

    • junio 14, 2013 19:16

      Estimado Mirko:
      Transcribiré el art. 6 y el 9 para tratar de aclarar tu duda:
      ART. 6°.- La pena de reclusión, peropetua o temporal, se complirá con trabajo obligatorio en los establecimientos destinados a tal efecto. Los recluídos podrán ser empleados en obras públicas de cualquier clase con tal que no fueren contratadas por particulares.

      ART. 9°.- La pena de prisión, perpetua o temporal, se cumplirá con trabajo obligatorio, en establecimientos distintos de los destinados a los recluídos.

      Prácticamente la diferencia es que se cumpliran las penas en establecimientos distintos y los recluidos podran ser empleados en obras publicas. Ambos deben trabajar.

      • MIrko Albano permalink
        junio 14, 2013 23:06

        Muchísimas Gracias Dr. verdaderamente es de destacar la actitud de docencia constante que posee usted, responde las preguntas de quienes poseemos dudas acerca de esta disciplina tan maravillosa de una manera desinteresada, usted predica con la humildad y la grandeza, por que eso es lo que es, un verdadero grande como tantos que poseemos en este País y muchas veces son olvidados. Aguardo deseos mas artículos en su blog. Le mando un cordial abrazo y mi mas profunda admiración.

  5. aldo gabriel botta permalink
    junio 17, 2013 04:52

    Estimado Dr. Raffo en el año 2.012 realice el concurso para instructor Judicial y muchos de los temas los estudié con sus libros. Actualmente me desempeño como Prosecretario en un Juzgado de Garantías de la provincia de Buenos Aires. El motivo del presente mensaje es contactarlo para realizar una pericia en una causa en la que está imputado un familiar. Desde ya muchas gracias

    • junio 18, 2013 20:08

      Estimado Aldo:
      Lamento no poder ayudarte, pero estoy totalmente retirado de la actividad Pericial y me dedico exclusivamente a capacitar al personal de la nueva Morgue de la Ciudad de Salta.
      Espero que puedas encontrar a quie te ayude con la causa.
      Un cordial Saludo.

  6. Magda permalink
    junio 18, 2013 01:49

    Me encanta leerlo Dr. Estudié Criminalística durante un año y medio, no pude terminar. Es fascinante leer, entender, y aprender. Ansío leer más artículos en su blog. Afectuoso abrazo.

    • junio 18, 2013 20:15

      Estimada Magdalena:
      Te agradezco mucho por tu comentario.
      Te invito a que te suscribas al blog para mantenerte al tanto de las nuevas publicaciones.
      Un cordial saludo.

  7. doris permalink
    junio 20, 2013 13:05

    Estimado Dr. Raffo,que nos puede decir del caso Angeles,tiene ud. alguna teoría.gracias por su tiempo,Maestro.

    • rosanna permalink
      junio 25, 2013 23:05

      a mi parecer, el Dr Raffo ha orientado sobre el caso Ángeles con el presente sin ser exactamente igual pero sí bastante ilustrativo

      • julio 7, 2013 04:26

        Dr: soy mèdico clìnico y quisiera tener su opiniòn a cuales son las motivaciones o en que clase de homicida piensa usted cuando la vìctima ha sido muerta por mecanismo de asfixia.Es decir hubo contacto directo entre el victimario y la victima.Y esta no fuè asesinada ni con arma blanca ni arma de fuego en un supuesto intento de robo.Me refiero a asfixia por sofocaciòn y compresiòn extrìnseca del cuello.
        Saluda atte.
        Dr Daitch

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